sábado, 3 de abril de 2010

¿Como se a vivido el derecho al trabajo atra vez del tiempo?

Antigua: en esta mucha gente no tenia sus derecho eran exclavisados y podían venderlos y hacer lo que quisieran con ellos solos los ricos valían el resto de la sociedad no era nadie.

Medieval:en este por lo general se era obligado a los hombres a ser soldados mas casi no importaba si uno moria los ricos podian hacer lo que quisiera con la gente pobre.

Moderna:en esta ya se puso orden se hicieron grandes los derechos de los trabajadores cada persona tenia el derecho a un trabajo bueno con horario y ganancias.

Contemporánea:esta época ya fue muy civilizada cada persona tenia un gran estrato con derechos seguros y esas cosas necesarias para la vida diaria con un salario fijo y a tiempo.

lunes, 29 de marzo de 2010

¿como se vive el derecho al trabajo en Cartago?

hay una grave situación de exclusión para el ejercicio de los derechos laborales y las libertades sindicales La exclusión política, cultural, institucional, económica, social, de género, generacional y física a que son sometidas las y los trabajadores y sus organizaciones lo mismo que en Colombia hay muy mala economía lo cual reduce el empleo y aumenta el desempleo

¿que leyes protegen el derecho al trabajo en Colombia?

Artículo 26 Toda persona es libre de escoger profesión u oficio La ley podrá exigir títulos de idoneidad. Las autoridades competentes inspeccionaran y vigilaran el ejercicio de las profesiones Las ocupaciones, artes y oficios que no exijan formación académica son de libre ejercicio, salvo aquellas que impliquen un riesgo social.

Las profesiones legalmente reconocidas pueden organizarse en colegios. La estructura interna y el funcionamiento de estos deberán ser democráticos.


Artículo 39. Los trabajadores y empleadores tienen derecho a constituir sindicatos o asociaciones, sin intervención del Estado.Sureconocimiento jurídico se producirá con la simple inscripción del acta de constitución.

La estructura interna y el funcionamiento de los sindicatos y organizaciones sociales y gremiales se sujetarán al orden legal y a los principios democráticos.

La cancelación o la suspensión de la personería jurídica sólo procede por vía judicial.

Se reconoce a los representantes sindicales el fuero y las demás garantías necesarias para el cumplimiento de su gestión.

No gozan del derecho de asociación sindical los miembros de la Fuerza Pública.

Artículo 43. La mujer y el hombre tienen iguales derechos y oportunidades. La mujer no podrá ser sometida a ninguna clase de discriminación. Durante el embarazo y después del parto gozará de especial asistencia y protección del Estado, y recibirá de este subsidio alimentario si entonces estuviere desempleada o desamparada.

El Estado apoyará de manera especial a la mujer cabeza de familia.

Artículo 48. La Seguridad Social es un servicio público de carácter obligatorio que se prestará bajo la dirección, coordinación y control del Estado, en sujeción a los principios de eficiencia, universalidad y solidaridad, en los términos que establezca la Ley.

Se garantiza a todos los habitantes el derecho irrenunciable a la Seguridad Social.

El Estado, con la participación de los particulares, ampliara progresivamente la cobertura de la Seguridad Social que comprenderá la prestación de los servicios en la forma que determine la Ley.

La Seguridad Social podrá ser prestada por entidades públicas o privadas, de conformidad con la ley.

No se podrán destinar ni utilizar los recursos de las instituciones de la Seguridad Social para fines diferentes a ella.

La ley definirá los medios para que los recursos destinados a pensiones mantengan su poder adquisitivo constante.

Artículo 53. El Congreso expedirá el estatuto del trabajo. La ley correspondiente tendrá en cuenta por lo menos los siguientes principios mínimos fundamentales:

Igualdad de oportunidades para los trabajadores; remuneración mínima vital y móvil, proporcional a la cantidad y calidad de trabajo; estabilidad en el empleo; irrenunciabilidad a los beneficios mínimos establecidos en normas laborales; facultades para transigir y conciliar sobre derechos inciertos y discutibles; situación más favorable al trabajador en caso de duda en la aplicación e interpretación de las fuentes formales de derecho; primacía de la realidad sobre formalidades establecidas por los sujetos de las relaciones laborales; garantía a la seguridad social, la capacitación, el adiestramiento y el descanso necesario; protección especial a la mujer, a la maternidad y al trabajador menor de edad.

El Estado garantiza el derecho al pago oportuno y al reajuste periódico de las pensiones legales.

Los convenios internacionales del trabajo debidamente ratificados, hacen parte de la legislación interna.

La ley, los contratos, los acuerdos y convenios de trabajo, no pueden menoscabar la libertad, la dignidad humana ni los derechos de los trabajadores.

Artículo 54. Es obligación del Estado y de los empleadores ofrecer formación y habilitación profesional y técnica a quienes lo requieran. El Estado debe propiciar la ubicación laboral de las personas en edad de trabajar y garantizar a los minusválidos el derecho a un trabajo acorde con sus condiciones de salud.

Artículo 55. Se garantiza el derecho de negociación colectiva para regular las relaciones laborales, con las excepciones que señale la ley.

Es deber del Estado promover la concertación y los demás medios para la solución pacífica de los conflictos colectivos de trabajo.

Artículo 56. Se garantiza el derecho de huelga, salvo en los servicios públicos esenciales definidos por el legislador.

La ley reglamentará este derecho.

Una comisión permanente integrada por el Gobierno, por representantes de los empleadores y de los trabajadores, fomentará las buenas relaciones laborales, contribuirá a la solución de los conflictos colectivos de trabajo y concertará las políticas salariales y laborales. La ley reglamentará su composición y funcionamiento.

Artículo 57. La ley podrá establecer los estímulos y los medios para que los trabajadores participen en la gestión de las empresas.

Entrevistas1

Beatriz Eugenia calvo:
¿que piensa del derecho al trabajo en Colombia hoy en día?
"Esta muy vulnerable por que por ejemplo hay gente que pone a menores de edad a trabajar,no les pagan el salario mínimo propuesto por el gobierno,no le paga seguro,no les pagan a tiempo etc..."

¿Usted piensa que en Colombia si hay gente honrada que le pague a tiempo al trabajador?
"claro que si por ejemplo ella lo hace a tiempo"

Josefina Walteros:
¿que piensa del derecho al trabajo en Colombia hoy en día?
"Esta muy grave hay gente muy aprovechada que cojee a la gente de extracto mas bajo que haría lo que fuera por cualquier peso y los ponen a trabajar y les pagan poco..."

¿Usted piensa que en Colombia si hay gente honrada que le pague a tiempo al trabajador?
"claro que si hay mucha gente que a pesar de la situación económica hoy prefieren quedarse pobres que no pagarles a sus trabajadores"

¿organizaciones que defienda el derecho al trabajo y una persona en especial?

1 La Organización Internacional del Trabajo (OIT)
2 La Organización Iberoamericana de Juventud (OIJ)
3 La Central Unitaria del Trabajo (CUT)

La persona que apolla el trabajo en Colombia es el presidente de la Central Unitaria del Trabajo (CUT) Rafael Molano el cual apolla el trabajo en Colombia.

domingo, 28 de marzo de 2010

¿violaciones derecho al trabajo?

1 aprovechamiento de los superiores sobre los inferiores poniendoleshoras laborales extras

2 demora a la hora de pago al empleado

3 paga menor de el salario minimo proclamado por el gobierno

4 despues de despedir al empleado demora a la ultima paga que debe ser superio a el salario mensual para el sosten de unas semanas etc...

¿que es el derecho al trabajo?

el derecho laboral es una rama del derecho cuyos principios y normas jurídicas tienen por objeto la tutela del trabajo humano, productivo, libre y por cuenta ajena El derecho laboral o Derecho del trabajo es el conjunto de principios y normas jurídicas que regulan las relaciones entre empleador las asociaciones sindicales y el Estado El Derecho del trabajo se encarga de normar la actividad humana, licita Prestada por un trabajador en relación de dependencia a un empleador a cambio de una contraprestacion De esta manera, el concepto de trabajo al que presta atención el Derecho laboral es la actividad realizada por un humano que produce una modificación del mundo exterior, a través de la cual aquél se provee de los medios materiales o bienes económicos que precisa para su subsistencia productividad, y cuyos frutos son atribuidos libre y directamente a un terceroEl fenómeno social del trabajo genera unas relaciones asimétricas entre las partes contratantes, en las que existe una parte fuerte el empleador y una parte débil el empleado Por ello, el Derecho laboral tiene una función tuitiva con respecto al trabajador, tendiendo sus normas a restringir la libertad de empresa para proteger a la parte débil frente a la fuerte, y persiguiendo así fines de estructuración social tutelada